En un movimiento que busca reforzar la seguridad y regular de manera más estricta el uso de armas en el país, la presidenta Claudia Sheinbaum ha firmado un decreto que modifica más de cien artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Estas reformas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), traen consigo varias novedades que impactan tanto a la ciudadanía como a las autoridades y empresas de seguridad. Aquí te contamos, de manera sencilla, los puntos más relevantes y cómo podrían afectar la vida cotidiana.
Uno de los cambios más llamativos es la prohibición total de fabricar armas de fuego utilizando impresoras 3D o métodos artesanales.
Las llamadas armas "hechizas", que en los últimos años se han vuelto populares por su facilidad de fabricación y dificultad para ser rastreadas, ahora estarán estrictamente prohibidas.
Quien sea sorprendido fabricando este tipo de armamento podrá enfrentar sanciones severas.
La nueva ley también pone límites al uso de vehículos particulares que hayan sido blindados y adaptados para portar o disparar armas.
Además, se restringe el uso de accesorios tácticos como miras térmicas, visores nocturnos o láseres, a menos que se trate de actividades deportivas como la caza o el tiro al blanco.
La intención es evitar que estos dispositivos terminen en manos equivocadas y se utilicen para actividades ilícitas.
A partir de ahora, la Secretaría de la Defensa Nacional tendrá la última palabra para autorizar el uso de armas, municiones y materiales que normalmente están reservados para la guerra.
Esto incluye a funcionarios de todos los niveles de gobierno, tanto mexicanos como extranjeros, pero bajo reglas muy claras y estrictas.
Por ejemplo, los agentes de seguridad que acompañan a jefes de Estado en visitas oficiales solo podrán portar armas cortas de cierto calibre, y siempre con permisos especiales tramitados con anticipación.
La reforma deja claro que ciertos tipos de municiones y armas, como cartuchos especiales, granadas, lanzagranadas, fusiles de alto calibre y otros explosivos, son de uso exclusivo de las fuerzas armadas.
Esto significa que ni civiles ni empresas de seguridad privada podrán tener acceso a este tipo de armamento bajo ninguna circunstancia.
Si alguna de estas empresas pierde su licencia para portar armas, tendrá que entregar todo su armamento a la Secretaría de la Defensa en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Además, tendrán 45 días para deshacerse de las armas conforme a los procedimientos oficiales.
Las licencias, además, no podrán transferirse a otras personas o empresas, y si se detecta alguna irregularidad, serán canceladas de inmediato.
La ley ahora define con claridad qué se considera un arma de fuego: cualquier instrumento con cañón que pueda disparar un proyectil por medio de pólvora, gas o aire comprimido, siempre que supere cierta potencia.
Todas las armas deberán estar registradas en el nuevo Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, bajo la supervisión de la Defensa Nacional.
Por último, la reforma establece que tanto el gobierno federal como los estatales y municipales deberán implementar campañas permanentes para fomentar la cultura de la paz y el desarme.
Estas campañas incluirán información sobre los riesgos de manipular explosivos, fuegos artificiales y sustancias químicas peligrosas, con el objetivo de reducir la posesión y el uso de armas en la sociedad.