La Suprema Corte avaló este jueves parte de la reforma electoral de Michoacán que impide a candidaturas independientes actuar coordinadamente como si fueran un partido, pero anuló la prohibición de compartir símbolos o emblemas. La resolución ocurre en medio del impulso de Grecia Quiroz, alcaldesa de Uruapan, como posible candidata a la gubernatura.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este jueves diversas disposiciones de la reforma al Código Electoral de Michoacán, aprobada por el Congreso local en mayo pasado, que buscan impedir que candidaturas independientes actúen de manera coordinada durante un proceso electoral como si se tratara de un partido político.
La Corte divide la reforma: sí a los límites, no a prohibir símbolos comunes
Los ministros determinaron invalidar la prohibición que impedía a los candidatos independientes utilizar símbolos o emblemas que permitieran identificarlos como integrantes de un mismo movimiento.

La discusión del proyecto, presentado por el ministro Arístides Guerrero García, generó posiciones divididas entre los integrantes del pleno, aunque finalmente se alcanzaron los votos necesarios para eliminar la restricción relacionada con los emblemas comunes.
La disputa política detrás de la reforma
La modificación electoral fue aprobada en un contexto político particularmente relevante para Michoacán, debido al crecimiento del llamado "Movimiento del Sombrero", creado por Carlos Manzo, entonces alcalde de Uruapan, quien fue asesinado en noviembre de 2025.
Actualmente, su esposa, Grecia Quiroz, alcaldesa de Uruapan, se perfila como una posible aspirante a la gubernatura de Michoacán respaldada por este movimiento.
La reforma fue impugnada ante la Suprema Corte por Movimiento Ciudadano, que argumentó que las nuevas restricciones vulneraban derechos como la libertad de expresión, el derecho de reunión y libre asociación, así como el derecho a ser votado en condiciones de igualdad.
SCJN cuestiona conceptos "subjetivos e indeterminados"
Durante la sesión, el ministro ponente Arístides Guerrero García señaló que algunas disposiciones de la reforma contemplaban consecuencias sancionadoras a partir de conceptos que podrían resultar ambiguos.
Explicó que términos como "percepción" y "semejanza" dependen de apreciaciones subjetivas, lo que dificultaría determinar con claridad cuándo una conducta constituye una infracción electoral.
Por ello, la propuesta planteó invalidar las disposiciones relacionadas con esos conceptos.
Ministros advierten riesgos para la libertad de expresión
La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue más allá y planteó invalidar por completo diversos artículos que impedían la identificación común entre campañas independientes.
A su juicio, el objetivo de la reforma era evitar que candidaturas independientes pudieran hacer campaña compartiendo una misma ideología política.
"Se advierte que el propósito que se encierra es evitar que las candidaturas independientes lleven a cabo campañas con candidatos que comparten una misma ideología política", señaló.
Esquivel Mossa cuestionó que esta posibilidad represente por sí misma un perjuicio para la democracia, al considerar que las candidaturas independientes buscan precisamente ampliar las opciones electorales para la ciudadanía.
También hubo rechazo a validar las restricciones
El ministro Giovanni Figueroa Mejía manifestó su desacuerdo con reconocer la validez de algunas partes de la reforma electoral michoacana.
Consideró que las nuevas reglas son restrictivas de los derechos de libertad de expresión y asociación de quienes participan como candidatos independientes.
En contraste, la ministra María Estela Ríos defendió la lógica de las restricciones y cuestionó que candidatos independientes puedan agruparse y actuar conjuntamente.
"Es difícil entender" que candidatos independientes se agrupen y actúen de manera conjunta, sostuvo.
La ministra argumentó que una coordinación de este tipo podría representar la voluntad de unirse para formar un grupo o asociación, algo que ?dijo? no está permitido por la legislación electoral.
¿Qué significa la decisión para el "Movimiento del Sombrero"?
La resolución deja un escenario mixto: la Suprema Corte mantuvo restricciones para impedir que candidaturas independientes operen coordinadamente como una estructura partidista, pero eliminó el candado que les impedía compartir símbolos o emblemas.
La decisión adquiere especial relevancia rumbo a las elecciones de 2027, ante la posibilidad de que el "Movimiento del Sombrero" busque convertir su presencia política en una plataforma electoral y con Grecia Quiroz como una de las figuras que podrían contender por la gubernatura de Michoacán.