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26 de Abril del 2024
Política

Extinción de dominio por actos de corrupción

Extinción de dominio por actos de corrupción

En la iniciativa de reforma al artículo 22 constitucional se expone que además de corrupción, la extinción de dominio aplicaría también en los casos abuso de autoridad, ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencias, cohecho, enriquecimiento ilícito y delitos cometidos por servidores públicos contra la administración de justicia. 

El senador de Morena, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, presentó una iniciativa de reformas que plantea el decomiso y extinción de dominio de los bienes de funcionarios y ex funcionarios públicos que los hayan obtenido por acciones que involucren corrupción y tráfico de influencias, entre otros medios.

Asimismo, incluye que la extinción de dominio se aplique a los bienes que estén en propiedad de prestanombres o testaferros de los funcionarios o ex funcionarios públicos.

De acuerdo con la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria, la extinción de dominio procederá respecto de los bienes que estén intitulados a nombre de terceros y que existan elementos suficientes para estimar que fueron utilizados para el hecho que la ley señala como delito.

El legislador argumentó en su iniciativa que delitos como el de la corrupción han aumentado su incidencia y estrategias de operación, de tal forma que cada vez es más complicado lograr resoluciones judiciales que signifiquen un verdadero castigo para quienes los cometen y que se logre una verdadera restitución a las víctimas y al propio Estado mexicano.





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