De seguro alguna vez te ha pasado o conoces a alguien que va a un restaurante, vestido de forma cómoda: short, tenis y una camiseta sin mangas, porque el calor está brutal y no hay manera de que quiera ponerse elegante de pies a cabeza solo para disfrutar una buena comida en familia o con amigos.
Llegan a la puerta, y apenas están por preguntar si hay mesa, cuando el anfitrión les suelta que la persona en short no puede entrar. Se molestan, discuten y reclaman que eso es discriminación.
El anfitrión no responde, solo señala un letrero en la entrada: "Nos reservamos el derecho de admisión", y luego los ignora.
Te quedas pensando: ¿eso fue legal?; aquí te lo decimos
El derecho de admisión se refiere a la facultad que tienen los propietarios de establecimientos, ya sean públicos o privados, para permitir o negar la entrada y permanencia de personas.
Sin embargo, este derecho no es absoluto: debe ejercerse bajo condiciones objetivas y no discriminatorias.
Esto significa que no se puede negar el acceso por motivos como género, nacionalidad, origen étnico, orientación sexual, religión o cualquier otra característica personal. Si un establecimiento lo hace, podría estar incurriendo en prácticas discriminatorias, sancionables por la ley.
La entrada solo puede ser restringida si existen razones justificadas que pongan en riesgo la seguridad, salubridad o tranquilidad del lugar, sus clientes o el personal
Volviendo al caso del short, si el restaurante no especifica claramente su código de vestimenta, no puede aplicar el "nos reservamos el derecho de admisión" de forma arbitraria. Hacerlo así puede ser considerado discriminación indirecta, y se puede impugnar legalmente.
Tampoco es legal que los negocios:
Esta práctica está regulada por la Ley Federal de Protección al Consumidor, lo que significa que cualquier establecimiento que exhiba esta frase debe cumplir con ciertas condiciones
¿Entonces cuando sí lo pueden aplicar?
Ahora bien, el establecimiento sí puede negar la entrada bajo causas objetivas como:
Estas condiciones deben estar claramente publicadas y visibles en el establecimiento.
Si tú o alguien más fue víctima de un uso indebido del "derecho de admisión", existen varias opciones de apoyo como consumidor.
La principal es presentar una queja ante la PROFECO, que puede mediar el conflicto, imponer sanciones o iniciar procedimientos administrativos.
Y si la situación no se resuelve por esa vía, la persona afectada puede acudir a los tribunales para denunciar prácticas discriminatorias.
Esto puede derivar en sanciones económicas, compensaciones o incluso la clausura temporal del negocio
Al final, no se trata solo de un short o una regla, sino de que todos merecemos ser recibidos con respeto y sin prejuicios; porque un lugar donde se excluye por apariencia pierde la esencia de lo que debe ser: un espacio para compartir, disfrutar y conectar.
Defender ese derecho cotidiano es construir un futuro donde la inclusión sea la norma, no la excepción.