La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó un caso de divorcio en Querétaro que pone sobre la mesa un tema poco visible: aunque una mujer tenga mayores ingresos que su pareja, si dedica tiempo al trabajo del hogar y al cuidado de la familia, su patrimonio puede verse afectado tras la separación
Durante el matrimonio, la mujer tenía dos empleos remunerados y percibía más ingresos que su esposo. Sin embargo, también se encargaba de la casa y del cuidado del hijo de ambos.
Tras el divorcio, reclamó una compensación económica de hasta el 50% de los bienes, argumentando que su doble jornada laboral no había sido tomada en cuenta y que su patrimonio quedó desproporcionado respecto al de su ex cónyuge.
En primera instancia, un juez negó la compensación, considerando que ambos trabajaron fuera de casa.
El Tribunal de apelación revocó esa decisión, reconociendo que la mujer debía ser resarcida por su doble jornada laboral.
El hombre promovió un juicio de amparo, que obligó a revisar de nuevo el caso
La perspectiva de la SCJN
La Primera Sala señaló que la resolución del Tribunal Colegiado anterior no reflejaba la igualdad entre cónyuges ni consideraba la realidad del trabajo doméstico.
La compensación económica prevista en el artículo 268 del Código Civil de Querétaro no se limita a quienes se dedican "íntegramente" al hogar, sino que debe aplicarse cuando exista un desequilibrio patrimonial derivado de la distribución desigual de las responsabilidades domésticas y de cuidado familiar, incluso si la persona también trabaja fuera de casa.
Según el fallo:
El dinero ganado por la mujer no compensa automáticamente la desigualdad, porque muchos de sus ingresos se destinaban a los gastos del hogar, mientras que su ex cónyuge usaba el suyo para aumentar su patrimonio personal.
La compensación sirve para resarcir el costo de oportunidad: desgaste físico y emocional, menos tiempo personal y menor desarrollo integral, que no se limita a no haber trabajado fuera de casa.
La justicia debe actuar con perspectiva de género, revisando que la disolución del matrimonio no genere empobrecimiento para la mujer ni legitime desigualdad basada en roles tradicionales.
Cómo se aplicará ahora
La SCJN devolvió el caso al Tribunal Colegiado para que:
Qué significa esto
El fallo aclara que trabajar en casa importa.
La justicia reconoce que las labores domésticas y de cuidado, combinadas con trabajo remunerado, generan un impacto real en el patrimonio y bienestar de las mujeres.
No se trata solo de ingresos económicos, sino de reconocer el valor de lo que tradicionalmente ha sido invisible: la doble jornada que muchas mujeres llevan a cabo diariamente