Apología al delito: ¿arte o prohibición injusta?

Por: Gerardo Salazar
Durango
Fecha: 22-07-2025

En México, los llamados corridos bélicos o narcocorridos han generado un debate sobre si sus letras constituyen apología del delito. En varios estados, autoridades han aplicado multas y sanciones tanto a artistas como a organizadores de conciertos, al considerar que estas canciones promueven actos ilícitos.
En Chihuahua, algunos cantantes han sido sancionados con multas de hasta 1.3 millones de pesos por interpretar canciones que hacen referencia al narcotráfico. En Michoacán, la sanción puede llegar hasta los 700 UMAs, es decir, casi 79 mil pesos, además de la cancelación de espectáculos. También municipios del Estado de México han aprobado sanciones similares.
Estas medidas se basan en el artículo 208 del Código Penal Federal, que contempla sanciones por apología del delito, definida como el elogio o exaltación de conductas criminales. Sin embargo, su aplicación en el ámbito musical ha generado polémica, ya que organizaciones y defensores de derechos humanos advierten que podrían vulnerarse derechos fundamentales como la libertad de expresión y la creación artística.
Mientras en algunos estados se incrementa la regulación y se cancelan presentaciones, Durango mantiene una postura distinta. No hay antecedentes de sanciones, prohibiciones o censura relacionada con este tipo de música. Los conciertos se desarrollan con normalidad, sin intervención de autoridades estatales o municipales por el contenido de las canciones.
El debate permanece abierto. Por un lado, hay quienes exigen frenar el contenido que consideran nocivo por glorificar la violencia. Por otro, se advierte que cualquier restricción puede sentar un precedente negativo en materia de derechos culturales. El reto para las autoridades es definir hasta dónde debe intervenir el Estado sin vulnerar las garantías individuales, en especial en un país donde la violencia y la inseguridad son parte del contexto diario.

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